
Pa'l bolsillo
¿Si arriendo casa me pueden cobrar depósito?
Pa' que no le metan gato por liebre, lea esto pa' entender si sí le pueden cobrar depósito pa' arrendar vivienda. (Spoiler: no en todos los casos).
Autora: Eloísa Fagua
16 de agosto de 2025
Pipool, desde la semana pasada nos han pedido que expliquemos bien cómo es la vuelta con el cobro de depósitos pa’ arrendar vivienda. ¿Eso es legal o no me lo pueden pedir? Aquí le explicamos cómo es la vaina pa’ que cuide el bolsillo.
Contexto
El depósito es una plata extra que piden en muchos lugares del mundo pa’ poder arrendar vivienda y que le sirve a la persona que arrienda como un seguro en caso de daños o deudas de servicios públicos, por ejemplo, y que en teoría devuelven al final del contrato si no se tuvo que usar.
¿En Colombia es legal?
No. Pedir un depósito pa’ arrendar vivienda urbana está prohibido en Colombia*. Es decir, si usted quiere arrendar un apartamento o una casa dentro de los límites de la ciudad, la persona que le arrienda no puede pedirle plata, ni ningún otro tipo de garantía como objetos (joyas o cosas de valor).
*Según el artículo 16 de la Ley 820 de 2003.
Peeero, hay una excepción
Sí le pueden pedir una plata como depósito si usted va a estar encargado de pagar los servicios públicos*. Es una garantía pa’ las empresas de servicios públicos y no pa’ la persona que le arrienda la vivienda. Pero, pilas, que esta plata NO puede ser más de 2 cobros de facturas.
*Según el artículo 15 de la Ley 820 de 2003.
Es decir…
Esto del depósito solo aplica pa’ la vivienda dentro de los límites legales de las ciudades, entonces si es un arriendo en el campo o en un pueblo (que no se considere como vivienda urbana*) sí le pueden cobrar el depósito como garantía pa’ la persona que arrienda.
*Pa’ saber esto le toca consultar el POT o la secretaría municipal del lugar. Si tiene dudas es mejor asesorarse de pipol abogada.
Ñaapa…
Cobrar depósito aún sigue siendo una práctica común aunque sea ilegal. Entonces es clave que si le pasa, denuncie en la Superintendencia de Industria y Comercio (ya que se le están violando sus derechos como consumidor), pero también puede ir a las alcaldías municipales pa’ resolver este problema.
¿Qué fuentes consultamos pa’ este contenido?
- La Ley 820 de 2003 que regula vivienda urbana y el Código Civil
- 1 persona experta de Fedelonjas, el gremio inmobiliario.
- Depósito
- Arriendos